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Ciudadanos estadounidenses y titulares de green card de largo plazo: no dejen que el impuesto de salida los tome por sorpresa

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Cada año, más y más ciudadanos estadounidenses renuncian a su ciudadanía, y titulares de green card abandonan su estatus migratorio—muchas veces sin saber que estas acciones pueden activar el impuesto de salida. Las normas del impuesto de salida imponen un impuesto sobre la renta a las personas que salen del sistema fiscal estadounidense. Una característica clave de estas normas es la venta presunta de activos: se considera que las personas venden todos sus activos el día anterior a que renuncian a su ciudadanía o estatus de residencia en EE. UU. La ganancia de capital neta (después de una exención) de esta venta presunta se grava de inmediato.

Imposición basada en la ciudadanía

Estados Unidos sigue un sistema de imposición basado en la ciudadanía—lo que significa que los ciudadanos estadounidenses y los residentes fiscales están sujetos a impuestos sobre sus ingresos mundiales, sin importar dónde vivan. En cambio, casi todos los demás países (con raras excepciones como Eritrea) utilizan un modelo basado en la residencia: solo se paga impuesto si se reside en el país. Estos principios están incorporados en el Código de Rentas Internas y son la razón por la cual renunciar a la ciudadanía o residencia en EE. UU. es un hecho imponible que suele activar el impuesto de salida.

El impuesto de salida es la forma en que el gobierno de EE. UU. liquida sus asuntos fiscales con usted antes de que abandone su jurisdicción de forma permanente. Aborda ingresos que aún no han sido gravados—como las ganancias de capital sobre propiedades—porque estas ganancias normalmente solo se gravan cuando se venden, lo cual puede suceder años después. Una vez que usted ya no está bajo la autoridad fiscal estadounidense, el gobierno no puede perseguir impuestos futuros—por lo que el impuesto de salida garantiza que se recauden los impuestos sobre las ganancias no realizadas que se acumularon mientras usted era residente fiscal en EE. UU.

¿Quién debe preocuparse por el impuesto de salida?

El impuesto de salida aplica a dos categorías de personas:

  • Ciudadanos estadounidenses que terminan su ciudadanía; y
  • Residentes de largo plazo — residentes legales permanentes de Estados Unidos (titulares de visa tipo “green card”) que terminan ese estatus después de haberlo mantenido durante muchos años.

Si usted no pertenece a una de esas dos categorías, no tiene por qué preocuparse por las normas del impuesto de salida. Por ejemplo, una persona que ha vivido durante décadas en EE. UU. con otro tipo de visa (estudiante, H-1B, L-1A, etc.) no estará sujeta al impuesto de salida.

Ciudadanos estadounidenses

Determinar la ciudadanía estadounidense suele ser sencillo: si nació en Estados Unidos, es ciudadano. Puede ser más complejo para personas nacidas en el extranjero de padres ciudadanos estadounidenses, ya que la elegibilidad depende de criterios legales específicos. Los ciudadanos naturalizados normalmente tendrán tanto documentación como recuerdos claros del proceso. En la mayoría de los casos, las personas saben si son ciudadanos estadounidenses o no. La doble ciudadanía no cambia esto. Obtener otra ciudadanía no termina la ciudadanía estadounidense, a menos que logre convencer al Departamento de Estado de que su adquisición de otra nacionalidad fue con la intención de renunciar a su ciudadanía estadounidense.

Residentes de largo plazo

Un residente es alguien que tiene estatus de residente permanente legal (green card). Un residente de largo plazo es quien ha mantenido ese estatus durante al menos ocho de los últimos quince años. Para calcular estos “ocho de quince” años, se aplican reglas especiales para excluir los años en que la persona vivió en el extranjero y presentó declaraciones de impuestos en EE. UU. como no residente conforme a un tratado fiscal.

Ejemplo: para alguien que obtuvo la residencia permanente legal en 2015 (y que ha presentado el Formulario 1040 cada año desde entonces), 2022 marca su octavo año con ese estatus—ahora se le considera un residente de largo plazo.

¿Qué acciones activan el impuesto de salida?

Renunciar a la ciudadanía estadounidense o al estatus de residente de largo plazo.

Ciudadanos que renuncian a su ciudadanía: Los ciudadanos estadounidenses pueden optar por renunciar a su ciudadanía mediante el proceso de renuncia. El proceso es directo: presentar el formulario DS-4079, responder algunas preguntas, pagar una tarifa de $2,350 y hacer un juramento ante un funcionario consular de EE. UU. para renunciar voluntariamente a la ciudadanía. En algunos casos, el gobierno puede revocar la ciudadanía, y una vez completado el proceso, el Departamento de Estado emite un Certificado de Pérdida de Nacionalidad para confirmarlo.

Residentes de largo plazo que abandonan el estatus de visa: Solo los titulares de green card que son residentes de largo plazo están afectados por las reglas del impuesto de salida. Una vez alcanzado ese estatus, hay dos formas en que un titular de green card puede activar el impuesto de salida:

  1. Abandono voluntario: el titular de la green card presenta el Formulario I-407 ante USCIS, o el gobierno puede cancelar la visa. Esto convierte a la persona en un expatriado bajo las reglas del impuesto de salida.
  2. Elección conforme a tratado: el titular de la green card opta por ser tratado como no residente según un tratado fiscal presentando el Formulario 1040NR y adjuntando el Formulario 8833. Si esta elección se hace después de alcanzar el estatus de residente de largo plazo, activará la expatriación.

¿Es usted un expatriado cubierto?

Una vez que determine que ha expatriado, el siguiente paso es averiguar si es un expatriado cubierto—alguien que podría deber un impuesto real, no solo presentar formularios. Se considera expatriado cubierto a quien cumple con alguno de los siguientes criterios:

  • Prueba de cumplimiento fiscal: no certifica en el Formulario 8854 que cumplió con todas sus obligaciones fiscales en EE. UU. durante los cinco años anteriores a la expatriación.
  • Prueba de patrimonio neto: su patrimonio neto es de $2 millones o más en la fecha de expatriación.
  • Prueba de obligación tributaria: su impuesto sobre la renta promedio anual neto durante los cinco años previos supera un umbral establecido (por ejemplo, $206,000 en 2025).

Los expatriados cubiertos están sujetos al impuesto de salida. Los demás solo deben presentar los formularios correspondientes. Revise el siguiente diagrama para entender mejor cómo funciona el proceso de expatriación y si el impuesto de salida podría aplicar a su situación.

¿Qué es el impuesto de salida?

El impuesto de salida es un cálculo final de impuestos que se impone a las personas que renuncian a la ciudadanía estadounidense o a la residencia de largo plazo. Se le considera como si hubiera vendido todos sus activos el día antes de salir del sistema fiscal estadounidense, gravando cualquier ganancia de capital no realizada hasta esa fecha. El monto que debe dependerá de la estructura y el valor de sus activos personales. Además, se aplican reglas especiales a ciertos elementos como cuentas IRA, pensiones, planes de compensación diferida e intereses en fideicomisos.

Oportunidades de planificación

Con una planificación anticipada, usted puede reducir o evitar la exposición al impuesto de salida. Algunas opciones incluyen:

  • Transferir activos a un cónyuge ciudadano estadounidense para reducir el patrimonio neto (el umbral de $2M aplica de forma individual)
  • Limitar su obligación tributaria promedio anual para mantenerse por debajo del umbral de ingresos
  • Evitar cumplir con la regla de 8 de 15 años para residencia de largo plazo
  • Reestructurar estratégicamente la propiedad—por ejemplo, transferir una casa a su cónyuge y conservar activos líquidos

Conclusión

Las reglas del impuesto de salida son complejas, y este artículo solo toca la superficie. Si necesita ayuda para comprender el proceso o planificar sus próximos pasos, no dude en comunicarse antes de tomar una decisión.

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