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Algunas consideraciones fiscales para personas extranjeras en los Estados Unidos

Welcome to America! (1)

Si está pensando en invertir o mudarse a Estados Unidos, debe saber que será bienvenido. Al fin y al cabo, Estados Unidos es el país de la diversidad cultural. Pero, ¿sabe quién va a estar más contento? El Tío Sam, porque lo más probable es que tenga que pagar impuestos en Estados Unidos. Por eso, es esencial que los extranjeros se familiaricen con el sistema fiscal estadounidense, especialmente en lo que se refiere a su empresa. De este modo, los extranjeros podrán comprender las posibles consecuencias fiscales de su empresa o empresas y, al menos, tendrán la oportunidad de tomar una decisión informada antes de invertir y/o emigrar.  

En EE.UU., hay dos niveles de impuestos: los impuestos del gobierno federal y los impuestos de los gobiernos locales. Este artículo destaca dos tipos de impuestos federales.  

La situación fiscal de un extranjero y sus obligaciones fiscales en EE.UU. dependen de la determinación de su residencia fiscal. Sin embargo, hay que tener en cuenta que la residencia fiscal no es necesariamente lo mismo que la “residencia” según las leyes de inmigración de Estados Unidos. A continuación, incluimos información básica sobre la residencia fiscal y sus consecuencias.  

 

Impuesto sobre la renta   

En general, Estados Unidos grava la renta mundial de sus ciudadanos y residentes a una tasa que puede llegar al 37%. Por el contrario, un ciudadano extranjero sólo está sujeto a impuestos sobre sus ingresos de origen estadounidense, a menos que se convierta en residente de Estados Unidos a efectos del impuesto sobre la renta. En ese caso, la persona extranjera que se convierte en residente fiscal está sujeta al impuesto sobre la renta de EE.UU. por su renta mundial.  

Para determinar si una persona extranjera se considera “residente” a efectos del impuesto sobre la renta, debe cumplir los criterios de una de las dos pruebas siguientes: la prueba de la tarjeta verde o la prueba de la presencia sustancial. La prueba de la tarjeta verde se cumple si se convierte en residente permanente legal de EE.UU. en cualquier momento del último año natural. Esta prueba es más fácil de cumplir que la prueba de presencia sustancial, que puede ser confusa ya que el individuo debe contar sus días de presencia en los EE.UU.  

Las personas cumplen el criterio de presencia sustancial si están físicamente presentes en los Estados Unidos durante un período de 183 días o más en un año determinado. Además, esta prueba también puede cumplirse si el individuo está (a) está presente físicamente en los Estados Unidos durante al menos 31 días durante el año en curso, y (b) su presencia en ese año, sumada a un tercio de los días presentes en el año anterior y a un sexto de los días presentes en el segundo año anterior, equivale a 183 días o más. Si la persona extranjera cumple esta prueba, se le considera residente fiscal para el ejercicio fiscal.  

No obstante, existen excepciones a la prueba de la presencia sustancial, que permiten excluir determinados días de presencia. Estas excepciones incluyen: circunstancias de presencia temporal, que pueden ocurrir bajo ciertos tipos de visados; la permanencia de un visado por razones médicas; y, la existencia de un tratado de impuesto sobre la renta entre los EE.UU. y el país de origen del individuo. En virtud de esta última excepción, los residentes de países que han firmado un tratado sobre el impuesto sobre la renta con los EE.UU. pueden beneficiarse de ciertas disposiciones del tratado para evitar convertirse en residentes del impuesto sobre la renta de los EE.UU.  

  

Impuestos sobre donaciones y sucesiones   

En general, Estados Unidos impone impuestos sobre el patrimonio y las donaciones a los ciudadanos y residentes estadounidenses. Los impuestos sobre el patrimonio se aplican a la transferencia de activos en el momento del fallecimiento, sin tener en cuenta la ubicación de los activos. Los ciudadanos y residentes estadounidenses están sujetos al impuesto sobre el patrimonio con tasas de hasta el 40%. Del mismo modo, los ciudadanos y residentes estadounidenses están sujetos al impuesto sobre donaciones por las transferencias gratuitas de activos realizadas en vida, a tasas de hasta el 40%.  

Sin embargo, los no residentes en EE.UU., a efectos del impuesto sobre sucesiones y donaciones, solo tributan por la transmisión de bienes inmuebles y bienes personales tangibles situados en EE.UU. Los bienes personales tangibles incluyen obras de arte, joyas y muebles situados en EE.UU.  

Para determinar si una persona extranjera se considera “residente” a efectos del impuesto sobre el patrimonio y las donaciones, debe tener en cuenta su domicilio. El domicilio es el lugar en el que una persona establece su residencia con la intención de permanecer o regresar. Así pues, un extranjero puede convertirse en domiciliado en EE.UU. por residir en el país y no tener la intención actual de abandonarlo. Dado que la intención de una persona es subjetiva, el domicilio de una persona puede establecerse observando los hechos y las circunstancias del individuo, como la ubicación de su residencia, sus bienes personales y sus cuentas bancarias; su lugar de trabajo y sus vínculos con el país; sus afiliaciones personales; etc.  

Es comprensible que las normas estadounidenses para determinar la situación fiscal de los individuos extranjeros sean complejas. Por lo tanto, los extranjeros que deseen invertir o trasladarse a EE.UU. deben consultar a un asesor fiscal profesional para que analice sus propias circunstancias especiales. Algunas consecuencias fiscales pueden mitigarse con la planificación adecuada.  

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